¿Qué objetos puedo llevar a bordo y cuáles están prohibidos?

Antes de tu viaje en ferry, es importante que conozcas qué objetos puedes llevar contigo, cuáles tienen un acceso controlado y cuáles están prohibidos: 

 

mceclip0.pngOBJETOS DE ACCESO PROHIBIDO
  • Armas de cualquier tipo (armas de fuego y armas blancas).
  • Municiones.
  • Explosivos de cualquier tipo, productos pirotécnicos y detonadores eléctricos o pirotécnicos.
  • Líquidos inflamables.
  • Otros objetos o productos de tenencia ilícita, fútil o injustificada cuya mera presencia en el área de pasaje ponga en riesgo la integridad física de las personas.
  • Bebidas alcohólicas. En caso de que algún pasajero introduzca a bordo bebidas alcohólicas, éstas serán requisadas hasta la llegada al puerto de destino.

     

mceclip2.pngOBJETOS DE ACCESO CONTROLADO

Los objetos de acceso controlado serán entregados al Oficial de Protección del Buque para su custodia en lugar adecuado del buque y devueltos a su propietario al finalizar la travesía.

  • Armas de fuego de lícita tenencia con arreglo a lo dispuesto en el vigente Reglamento de Armas.
  • Armas blancas de uso ornamental, de dimensiones o características prohibidas según a lo dispuesto en el vigente Reglamento de Armas.
  • Defensas y armas de fuego particulares portadas por miembros de las Fuerzas Armadas y vigilantes de seguridad en desplazamientos privados o sin constituir contingente.
  • Municiones que sean dotación de armas de fuego portadas y de lícita tenencia.
  • Líquidos inflamables o corrosivos de uso profesional.
  • Armas de fuego simuladas.
  • Cuchillos, hachas y objetos cortantes o punzantes de uso profesional.
  • Arcos, flechas y ballestas de uso deportivo.
  • Otros objetos o productos cuyo porte se justifique por necesidad profesional y cuya presencia en el área de pasaje ponga en riesgo la integridad física de las personas.

EXCEPCIONES

No se someterán control de acceso al área de pasaje los siguientes objetos:

  • Armas reglamentarias y particulares de fuego portadas por miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado en todo tipo de desplazamientos.
  • Armas portadas por miembros de las Fuerzas Armadas, de vigilantes de seguridad y de escoltas de seguridad privada en servicio.

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