Perros de asistencia

En el caso de los perros de asistencia que acompañan a las personas con discapacidad, de acuerdo con la normativa específica, tienen libre acceso a los salones del barco y su embarque es gratuito. Dentro de esta categoría incluimos los animales de compañía de apoyo emocional siempre y cuando el pasajero muestre el certificado del médico, psicólogo o psiquiatra que lo acredite.
IMPORTANTE: en cualquier momento podrán pedirte la documentación acreditativa, de no tenerla incurrirá en un cargo por la acomodación de la mascota.

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Según la Directiva Europea para transportistas en carga rodada de animales, podéis consultar Reglamento CE, Nº 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004

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